El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as

El "CATT" siempre luchando por los derechos de todos los compañeros/as
El Colectivo Autónomo de Trabajadores del Transporte "CATT" lucha para que los familiares de todos los compañeros/as puedan entran a formar parte de esta gran familia que es Global Salcai Utinsa

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?

¿Dónde está la unidad del Comité de Empresa en Salcai Utinsa?
Reglamento del viajero

INFORMA CATT

INFORMA 1/01-2020

INFORMA 1/01-2020

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

SENTENCIA CONDENATORIA A GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LISTADO DE TELÉFONOS GLOBAL SALCAI-UTINSA S.A.

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

LOS SINDICATOS Y LAS EMPRESAS

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

RESPUESTA DEL CATT AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE SALCAI-UTINSA S.A.

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CANDIDATURA CATT ELECCIONES

CANDIDATURA CATT ELECCIONES

Nuevamente, desde nuestra organización nos vemos en la obligación de realizar una llamada a la reflexión en puertas de un nuevo proceso electoral, que marcará la evolución futura de los derechos e intereses laborales titularidad del colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

Por responsabilidad con los compromisos asumidos por esta organización, en respuesta al apoyo y respaldo recibido por el conjunto de trabajador@s, que aun no siendo afiliad@s nos brindaron su confianza, y en definitiva, por el interés general de la plantilla, el CATT concurre a las inminentes elecciones sindicales con el objetivo de continuar con la incansable lucha iniciada años atrás, para preservar los espacios de libertad y reivindicación necesarios para garantizar el respeto del conjunto de derechos laborales que tenemos reconocidos legal y convencionalmente, y cuyo cumplimiento exige de este colectivo una vigilancia y supervisión constantes para contrarrestar los incesantes “DESCUIDOS Y DEVANEOS” en que incurren la empresa y otras organizaciones sindicales en cuanto a su aplicación e interpretación.

Esa labor es asumida por el CATT sin apartar la vista de la realidad socio-económica actual, lo que nos ha obligado a “echar el freno” en determinadas reivindicaciones laborales para preservar el principio de estabilidad en el empleo, pero NUNCA CON RENUNCIA DE DERECHOS PARA EL COLECTIVO DE TRABAJADOR@S, sino mero retraso en la aplicación y ejecución del conjunto de derechos laborales reconocidos.

A fecha actual, pese al sacrificio realizado por la parte social, sólo se ha obtenido la callada empresarial por respuesta, sin manifestación alguna de voluntad tendente a restaurar entre las partes el equilibrio cedido, por lo que ha llegado el momento de reactivar esos derechos e intereses legítimos del colectivo de trabajador@s, siempre desde la coherencia y con absoluta LEALTAD y TRANSPARENCIA, labor compleja para la que esta organización precisa de la colaboración de todo el colectivo, cuyo interés y bienestar son la causa incondicional del esfuerzo de nuestro quehacer diario.

En definitiva, como toda relación reciproca esta organización ofrece como aval al colectivo de trabajador@s, su entrega, esfuerzo y compromiso, poniendo a su disposición el adecuado asesoramiento jurídico, debiendo recordar los siguientes logros obtenidos:

Movilidad en Vacío, Actualización Salarial, Complemento Personal Garantizado, Incentivo de Asistencia Continuada…

sin olvidar los conseguidos en la defensa de derechos individuales,

y simplemente espera:

que el compromiso, la autenticidad, la transparencia y la tenacidad

guíen vuestra elección en las próximas votaciones previstas para el 02.07.15, renovando el apoyo a esta organización sindical que trabaja por y para el colectivo de trabajador@s de la empresa Salcai-Utinsa, S.A.

“EL catt LA FUERZA DE LA RAZÓN”

JUBILACIÓN PARCIAL

JUBILACIÓN PARCIAL

viernes, 18 de junio de 2010

El Real Decreto de la Reforma Laboral.

"El catt con la FUERZA DE LA RAZÓN"

El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto de Reforma del Mercado Laboral, que difiere en algunos puntos del borrador presentado el pasado viernes. No son modificaciones fundamentales, pero sí acentúan su orientación en el diseño de un mercado laboral más flexible que el actual. La norma, aunque aprobada como decreto ley, se tramitará en el Congreso como proyecto de ley, por lo que se incorporarán modificaciones del resto de grupos parlamentarios y por lo tanto no estaríasmos hablando del texto definitivo. Ahora bien, de momento las novedades más destacables que aporta el Real Decreto son las siguientes:

  • Se generaliza a practicamente todos los colectivos el contrato indefinido de Fomento de Empleo con una indemnización por despido objetivo improcedente de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. La contratación indefinida ordinaria queda relegada para aquellos trabajadores que no consten inscritos como demandantes de empleo.

  • Causas del despido. La nueva redacción de los motivos objetivos para el despido económico procedente (20 días por año trabajado con tope de 12 mensualidades) define a estos como los que se deriven de "una situación económica negativa" para la empresa. Obviamente es una redacción muy ambigua y que deberá concretarse más adelante, si bien, lo que sí que es bastante seguro es que seguirá habiendo tutela judicial, es decir, será un juez el que dictamine si es objetivo procedente, improcedente o nulo. Por tanto, el empresario seguirá sin tener la última palabra en este tipo de despidos objetivos.

  • Subvención al despido. El Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) costeará una parte de los despidos colectivos y de los individuales por causas objetivas. En concreto pagará el equivalente a 8 días por año trabajado. En un principio se iba a aplicar sólo en los contratos de fomento, pero al final también costeará los ordinarios. No obstante, hay dos condiciones: se aplicará en los contratos firmados desde mañana y cuando hayan durado al menos un año. Es decir, hasta el 18 de junio de 2011 el Fogasa no va a tener que sufragar ningún despido. Además, el Fondo dejará de costear despidos el 1 de enero de 2012, fecha en la que está previsto que entre en funcionamiento en fondo de capitalización.

  • Contratación temporal. Para acotar la temporalidad, se limita la duración del contrato de obra a tres años, prorrogable a uno más si lo recoge el convenio. También aumentará de forma progresiva la indemnización de finalización de contrato. Hasta el 1 de enero de 2012 la indemnización será de 8 días y cada año se incrementa un día. Es decir, habrá que esperar a enero de 2015 para disfrutar de los 12 días.

  • Los contratos en prácticas -para titulados universitarios y de FP de grado medio o superior- podrán realizarse dentro de los 5 años siguientes (en lugar de cuatro). Para los contratos formativos se amplía a 24 años la edad máxima en el caso de alumnos-trabajadores de escuelas taller y casas de oficios.

  • Reducción horaria. A las empresas con dificultades se les permite ajustar plantilla reduciendo la jornada laboral entre el 10% y el 70%, pero solo durante un año. El resto dará derecho a prestación por desempleo. El empresario se beneficiará de una bonificación del 50%, que será del 80% si además organiza actividades de formación para la plantilla.

  • Agencias de colocación y ETT. Las agencias privadas de colocación podrán intermediar en el mercado laboral. Ahora hay entidades colaboradoras de los servicios públicos sin ánimo de lucro. Las ETT podrán desarrollar su actividad en la construcción y la Administración. A cambio, las condiciones laborales de los trabajadores empleados por las ETT tendrán que ser las mismas que las de quienes están contratados directamente por la empresa matriz.

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